El presidente Mario Abdo Benítez promulgó la Ley 6903 que establece prohibición y regulación en la explotación de las máquinas de tragamonedas. El objetivo del Poder Ejecutivo es brindar protección a los niños, niñas y adolescentes expuestos ante la influencia de las mismas.
La ley establece que la autoridad de aplicación corresponde a los municipios, en coordinación con la Comisión Nacional de Juegos de Azar.
Se prohíbe la instalación del juego electrónico de azar en los lugares públicos con presencia de niños, niñas y adolescentes, tales como mercados, despensas, peluquerías, salas de internet, farmacias, hamburgueserías, en la vía pública y en todo negocio y comercio que no se dedique al rubro de casinos.
Los permisos para explotación de juegos de azar serán otorgados por las municipalidades. Cada uno impondrá multas al infractor.
Cada municipio impondrá multas, y por cada máquina será de un salario mínimo legal vigente. En caso de reincidencia se multiplica.
Esta instancia local podrá proceder a la incautación y destrucción de las máquinas.
Igualmente estarán habilitados para ordenar el cierre temporal del local que infringe la ley. En caso de reincidencia, la clausura se realizará de manera definitiva.
En cuanto a la trazabilidad, la ley señala una serie de exigencias para identificar las operaciones de apuestas y pagos de premios. Entre los datos solicita constatar número de máquina, transacción, lugar de apuesta, operador, municipio, la fecha, hora de la apuesta.
Con la medida asumida por el Ejecutivo queda sin efecto el plan que había iniciado la Conajzar para el censo, catastro y explotación de las máquinas de tragamonedas en los comercios de libre concurrencia.
Con esta disposición legal, cada operador deberá contar con un sistema de bloqueo automático al juego de menores de edad y un sistema de alarma.
USD 44
millones mensualmente es lo que mueve aproximadamente el negocio de las tragamonedas a nivel país.