miércoles, diciembre 6, 2023
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Sepa quiénes podrán circular en el día del Censo Nacional

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El Instituto Nacional de Estadísticas (INE) determinó qué actividades quedarán exceptuadas de la prohibición de circulación el día del Censo Nacional 2022.

Esto se da luego de que el Poder Ejecutivo reglamentó la Ley 6987/2022 que estableció el día para el Censo Nacional de Población y Viviendas 2022 y declaró feriado nacional –para tal efecto– el miércoles 9 de noviembre.

Entre quienes podrán circular durante el día censal figuran: Autoridades nacionales, departamentales, municipales, autoridades diplomáticas y representantes de organismos internacionales para el ejercicio de sus funciones impostergables, funcionarios del sector público y privado para la prestación de servicios imprescindibles; servicios de salud públicos y privados, servicios de mantenimiento preventivo y de urgencia de equipos médicos y hospitalarios, personal de salud, Fuerzas Militares y Policiales, actividad migratoria, servicio meteorológico, bomberos y control de tráfico aéreo, que se encuentren en servicio activo esa fecha (ver infografía).

Así también, quedarán exceptuados aquellos que asisten a personas con discapacidad y a adultos mayores. Al igual que los trabajadores de medios de comunicación para la prestación de sus servicios y quienes realizan mantenimiento de servicios básicos (agua, electricidad, comunicaciones), y de emergencias.

A su vez, no tendrán descanso las actividades que el Banco Central del Paraguay (BCP) disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema bancario y financiero.

La Ley 6987 faculta al INE a determinar las actividades comprendidas entre los servicios que quedarán exceptuados de la suspensión de circulación el día de la realización del operativo censal.

De 5:00 a 18:00. El artículo quinto de la normativa en cuestión estipula que la fecha señalada, desde las 05:00 hasta las 18:00, quedará suspendida en todo el territorio nacional la circulación de medios de transporte de personas y cargas. Esto es con excepción de los que se encuentren al servicio del Censo; así como el tránsito internacional y los relacionados a servicios de seguridad, asistencia médica pública y privada.

Además, la Secretaría de la Función Pública (SFP) establecerá los protocolos a ser aplicados por las entidades del Estado, en el caso de los funcionarios públicos registrados para prestar servicios en la realización del Censo.

Los efectos de la Fuerza Pública, por su parte, tendrán a su cargo velar por el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 6 y 7 de dicha norma. Las transgresiones a las disposiciones a la ley serán comunicadas al INE por los órganos competentes.

Se estableció también que todos los organismos y entidades dependientes del Ejecutivo y la Policía colaboren con el INE en el marco de sus deberes y atribuciones, en la ejecución del Censo.

Por lo demás, los poderes Legislativo y Judicial están compelidos a adoptar las medidas necesarias para acompañar los objetivos del Censo Nacional de Población y Viviendas 2022.

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